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Nuevas leyes okupas que deberias conocer

Mantenernos actualizados con las leyes okupas más recientes puede ahorrarnos un sinfín de problemáticas a la hora de enfrentar una okupación. Los invasores suelen valerse de cualquier vacío legal para prolongar su permanencia en propiedades ajenas, por lo que resulta más que conveniente saber cómo protegernos ante sus artimañas. 

Durante años hemos visto cómo buscan atribuirse derechos aplicando técnicas mal intencionadas que terminan perjudicando al propietario, desde el cambio de cerraduras hasta la presentación de contratos falsos. Sin embargo, al conocer cuáles son sus modus operandi para jugar con la ley, nos libramos de incontables dolores de cabeza y contamos con mayores posibilidades de recuperar la propiedad ocupada. 

En nuestro post nos dedicaremos a contarte todo acerca de las leyes de okupas, qué debes tener en cuenta y cómo actuar si estos criminales te han puesto en una encrucijada legal ¡Continúa leyendo y entérate!

Leyes okupas 2022: La nueva Ley Catalana antidesahucios

La Ley 1/2022, de 3 de Marzo, ya ha entrado en vigor y obliga a los grandes propietarios de vivienda a ofrecer un alquiler social a los okupas. Esta nueva normativa modifica la Ley 18/2007, la 24/2015 y la Ley 4/2016 con el fin de hacer frente a la emergencia habitacional, conocida también como Ley Antidesahucios.

A través de esta nueva legislación, se obliga a los grandes tenedores de viviendas (personas jurídicas propietarias de más de 10 viviendas o personas físicas titulares de más de 15 viviendas) a dar alquiler social a aquellos individuos que se encuentren en situación de vulnerabilidad, dispongan o no de un título habilitante. 

Es decir, ya sea que se trate de un okupa o de un inquilino. Igualmente, la normativa establece que «los contratos de alquiler social deben renovarse obligatoriamente si, una vez finalizada su duración máxima, los ocupantes de la vivienda todavía se encuentran dentro de los parámetros legales de exclusión residencial». 

La nueva propuesta de madrid para las leyes de okupas

La comunidad de Madrid es la cuarta con mayor número de ocupaciones, siendo ésta una de las principales razones por las que han planteado al Gobierno un cambio en las normativas que combaten la okupación. 

En primer lugar, el consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, Enrique López, anunció la necesidad de una modificación en el Código Penal. Al respecto, se plantea un desahucio inmediato, ya que actualmente los propietarios de una vivienda debe demostrar que no ha cedido su uso y que el okupa ha ingresado ilegalmente a la propiedad. 

Asimismo, proponen el desalojo de aquellos que no cuenten con ningún documento o título que acredite que el propietario ha consentido su permanencia en el inmueble. Por lo tanto, toda persona que no tenga la capacidad de justificar su presencia en la casa, dispondría de 48 horas para presentar evidencia válida antes de ser expulsada

Este tipo de modificaciones resultan más que acertadas tomando en cuenta el panorama actual, pues el número de ocupaciones ilegales de viviendas se ha visto multiplicado por cinco durante la última década. De hecho, el año pasado el número de casos de okupaciones ascendió hasta los 17.274

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¿Qué Ley protege a los okupas?

Si bien no existe una Ley que proteja a los okupas, sí que debemos tomar en cuenta que estas personas son especialistas en buscar todo tipo de vacíos legales para prolongar su estancia y hacer eternos los procesos de desahucios. Incluso, son conocidos por atribuirse todo tipo de derechos a fin de usurpar la propiedad

Existe un factor legal importante que debemos tomar muy cuenta a la hora de denunciar una okupación y que será clave para conocer los derechos que pueden adjudicarse estas personas: la inviolabilidad del domicilio (artículo 18 de la Constitución). 

Se trata de un argumento legal al que recurren con frecuencia y, al fundamentarse en este principio, intentan alargar al máximo su estancia en la propiedad. Una de las técnicas que llevan a cabo para protegerse en dicho argumento es cambiar la cerradura de la puerta, lo cual es un proceso rápido, fácil y económico. 

Al ejecutar esta treta el ocupante pasa a ser usufructuario del inmueble y se ampara por el texto constitucional. Incluso, si hay objetos de valor dentro, se almacenan para evitar ser acusados de robo en caso de ser sorprendidos dentro de la propiedad

De hecho, si no se actúa en el momento justo en el que están ingresando los invasores, entrar al inmueble para echar a los okupas no siempre es factible, pues la denuncia del propietario, por sí sola, no es suficiente. Para lograrlo es necesario que, además la ocupación presente características de delito. 

Se consideraría como tal si el ocupante ilegal no puede acreditar una causa legítima que le permita justificar su estancia en la propiedad. No obstante, en caso de que «lograra hacerlo» (porque presente, por ejemplo, un recibo de la luz o un contrato de alquiler falso) la Policía deberá limitarse a iniciar una investigación.

Es bajo estas artimañas que los invasores de viviendas consiguen aprovecharse de diversos vacíos legales para alargar su permanencia en un inmueble y causar el mayor número de incomodidades a los propietarios.

4 errores con consecuencias legales que debes evitar

Sabemos que es una situación complicada e indignante, pero es necesario actuar con cautela para no terminar favoreciendo a los okupas mientras intentamos reclamar nuestros derechos sobre el inmueble

Con esto en mente, te contamos a continuación cuáles son esas acciones que no debes llevar a cabo como propietario de una vivienda okupada

1. Ingresar a la propiedad

A pesar de que continúas siendo propietario de la casa desde el aspecto legal, la posesión es del okupa siempre que encuentre la manera de justificar que es su morada. En caso de que accedas a la vivienda, estarás incurriendo en un posible delito de allanamiento de morada. 

2. Cambiar el BOMBÍN DE LA CERRADURA

Es posible que sea una de las soluciones rápidas que hayan llegado a tu mente al encontrarte en esta situación. Sin embargo, en caso de hacerlo, podría ser considerado un delito de coacción

3. Cortar los servicios

Aunque es una medida de presión bastante habitual, también puede causarte varios problemas legales. Para ser más específicos, podrían acusarte de un delito de coacción, según está contemplado en el artículo 172 del Código Penal

4. Amenazar a los ocupantes ilegales

Es normal sentir que perdemos los estribos ante situaciones como estas, pero ten en cuenta que si amenazas a los okupas puedes terminar detenido y teniendo que pagar una multa. Incluso, hasta puedes acabar en prisión si le amenazas de muerte. 

Aplicaría la misma situación si llegaras a causarle alguna lesión a estas personas. 

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¿Qué es lo que sí puedes hacer con una vivienda okupada?

Ahora que ya sabes qué es lo que no puedes hacer ante una okupación, entonces ¿Cuáles son tus opciones? El primer paso será llamar a la Policía para comunicar tu situación y empezar con la denuncia cuanto antes

Además, en otro de nuestros artículos te contamos qué hacer si te ocupan la casa con un paso a paso detallado. Incluso, como sustento legal tendrás la ley de desahucios express o leyes anti okupas, que establece ciertos mecanismos que podrían orientarte un poco más para resolver la problemática. 

Recuerda que, ante estos casos, lo más recomendable es contar con profesionales en la materia, pues así podrás garantizar una desokupación efectiva, sin consecuencias legales y sin generar peligros para ti o tu familia. 

En GranCan Desokupación Canarias estamos para asesorarte a cada paso y ayudarte a recuperar lo que te pertenece siguiendo todos los lineamientos legales y aplicando las medidas de seguridad más eficientes. 

Para una asesoría personalizada puedes contactarnos a través de nuestro Whatsapp y con todo gusto te atenderemos. También puedes dejarnos tu comentario si te ha quedado alguna duda ¡Te esperamos!

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